Fechas límite de presentación de impuestos corporativos para empresas de techado
¿Qué fechas límite de presentación de impuestos corporativos se aplican a su negocio de techado? Dependerá de si su empresa es una sociedad tipo C o S. Como regla básica general, las fechas límite de presentación suelen ser en primavera y las prórrogas, en otoño. Lea los requisitos de presentación de impuestos de sociedades para que su negocio de techado esté preparado todo el año.
Corporación C frente a corporación S
Una sociedad se define como una forma de operación comercial que declara una empresa como entidad legal separada y liderada por una junta directiva.
Desde el punto de vista impositivo, existen dos estructuras legales: una sociedad de tipo C, en la que los propietarios pagan sus impuestos por separado de la entidad empresarial, y una sociedad tipo S, que proporciona el beneficio de constitución de sociedad, al mismo tiempo que los impuestos se pagan en conjunto.
Eso significa que una sociedad tipo C paga el impuesto a la renta según la tasa corporativa y una sociedad tipo S paga en función de la tasa impositiva personal del propietario.
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Fechas límite de presentación de impuestos corporativos
El 16 de marzo es la fecha límite habitual de presentación de declaraciones del impuesto a la renta para las sociedades tipo S que operan durante todo el año calendario. También es la fecha límite para solicitar una prórroga. En el caso de las empresas que operan durante el año fiscal, la fecha límite de presentación es el día 15 del tercer mes luego del final del año fiscal.
Las sociedades tipo S también deben emitir formularios K-1 para cada socio o accionista antes de esa fecha, a fin de presentar sus declaraciones individuales. Si planea extenderse de la fecha límite, todos los socios o accionistas deben hacer lo mismo. El 15 de septiembre es la fecha límite final para las declaraciones de las sociedades tipo S si se solicitó una prórroga.
El 15 de abril es la fecha límite para presentar las declaraciones del impuesto a la renta para las sociedades tipo C que operan durante un año calendario (excepto por 2020, cuando la fecha límite de presentación se extendió hasta el 15 de julio). También es la fecha límite para solicitar una prórroga. Si su empresa opera durante un año fiscal, la fecha límite de presentación es el día 15 del tercer mes luego del final del año fiscal.
La fecha límite final para las declaraciones de las sociedades tipo C es el 15 de octubre, si se solicitó una prórroga. Si solicita una prórroga, debe presentar los impuestos a más tardar el 15 de octubre, pero igualmente debe pagarlos, como máximo, el 15 de abril.
Otras fechas para tener en cuenta
Si planea realizar movimientos fiscales a fin de año con el objetivo de reducir su declaración impositiva, el 1.° de noviembre es el momento para comenzar a planificar:
- El aplazamiento de la facturación de fin de año hasta enero significa que el impuesto a la renta no se aplicará hasta el año siguiente.
- La deducción de las deudas incobrables en parte o en su totalidad a veces es una opción. Obtenga más información sobre cómo reclamar deudas incobrables como deducción impositiva.
- Las mejoras y reparaciones a la oficina a veces pueden deducirse. En general, puede deducir el costo de las reparaciones de rutinas dentro de un mismo año o amortizar las mejoras en un periodo de tiempo.
La fecha límite para los movimientos fiscales del año es el 31 de diciembre. Las fechas límite aproximadas para el pago de impuestos por trimestre son las siguientes:
- 1.° trimestre: 15 de abril.
- 2.° trimestre: 15 de junio.
- 3.° trimestre: 15 de septiembre.
- 4.° trimestre: 15 de diciembre (sociedades) y 15 de enero (personas).
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Cambio del estado impositivo
El cambio más frecuente en el estado de presentación de impuestos corporativos de una empresa es de una sociedad de tipo C a una tipo S, lo que permite la transferencia impositiva. Los propietarios de empresas a menudo realizan este cambio para evitar el cobro doble del impuesto a la renta corporativa. A veces, las empresas cambian de sociedad tipo S a C debido a que ya no cumplen con los requisitos descritos por el IRS para mantener esa condición.
La única diferencia entre las dos estructuras corporativas es la condición de presentación fiscal, por lo que el único requisito para cambiar de sociedad de tipo C a S es completar y presentar los formularios correspondientes del IRS para cambiar la opción fiscal. Además, debe asegurarse de presentar los formularios impositivos federales anuales obligatorios si continuará con una sociedad tipo S.
Ser una sociedad de tipo S puede ser beneficioso cuando llega el momento de transferir la propiedad o discontinuar el negocio, debido a que se puede transferir libremente sin desatar consecuencias impositivas adversas.
Si cambia de una empresa de responsabilidad limitada (Limited Liability Company, LLC) a una sociedad anónima, tendrá que cambiar el nombre comercial o quitar las siglas “LLC”, y agregar la designación societaria, como “Inc.”, además de notificar a las autoridades fiscales federales, estatales y locales correspondientes. Consulte a su contador o asesor fiscal las cuestiones relacionadas con la gestión impositiva de su negocio de techado o el cumplimiento de las fechas límite de las presentaciones de impuestos corporativos.